Trámite en línea:
· 1. Enviar a la dirección electrónica contraloríasocial@reynosa.gob.mx, la descripción de la queja o falla identificada.
· 2. Incluir dentro del correo electrónico los requisitos solicitados, como dirección completa en donde se encuentra el incidente y adjuntar la evidencia fotográfica.
· 3. Una vez recibido el correo electrónico ante la Dirección de Contraloría Social, el servidor público procederá a registrar su solicitud en el formato establecido "queja ciudadana", y asignará un número de folio para su seguimiento.
· 4. Posteriormente el servidor público procede a turnar mediante oficio a la Secretaría o Dependencia facultada para la atención de la queja o reporte.
· 5. Una vez que la Dirección de Contraloría Social reciba de la Secretaría o Dependencia facultada para atender la queja o reporte, el oficio en donde se informe la conclusión satisfactoria de la misma, la Dirección de Contraloría Social, procederá a llamar al ciudadano a fin de corroborar lo dicho por la dependencia responsable.
· 6. Una vez atendida la queja o reporte se procede a archivar el expediente.
Vía Telefónica:
· 1. Comunicarse a la línea telefónica 072 para presentar una queja o reporte de fallas sobre los servicios públicos municipales.
· 2. El servidor público procederá a registrar su queja o reporte en el formato establecido "queja ciudadana", y asignará un número de folio para su seguimiento.
· 3. Posteriormente el servidor público procede a turnar mediante oficio a la Secretaría o Dependencia facultada para la atención de la queja o reporte.
· 4. Una vez que la Dirección de Contraloría Social reciba de la Secretaría o Dependencia facultada para atender la queja o reporte, el oficio en donde se informe la conclusión satisfactoria de la misma, la Dirección de Contraloría Social, procederá a llamar al ciudadano a fin de corroborar lo dicho por la dependencia responsable.
· 5. Una vez atendida la queja o reporte se procede a archivar el expediente.
Presencial:
· 1. El ciudadano acude a la Dirección de Contraloría Social a presentar una queja o reporte de fallas sobre los servicios públicos municipales.
· 2. El servidor público procederá a registrar su queja o reporte en el formato establecido "queja ciudadana", y asignará un número de folio para su seguimiento.
· 3. Posteriormente el servidor público procede a turnar mediante oficio a la Secretaría o Dependencia facultada para la atención de la queja o reporte.
· 4. Una vez que la Dirección de Contraloría Social reciba de la Secretaría o Dependencia facultada para atender la queja o reporte, el oficio en donde se informe la conclusión satisfactoria de la misma, la Dirección de Contraloría Social, procederá a llamar al ciudadano a fin de corroborar lo dicho por la dependencia responsable.
· 5. Una vez atendida la queja o reporte se procede a archivar el expediente.
Criterios de Resolución:
No aplica