Servicio

Atención de queja ciudadana


Fundamento Legal:
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Articulo 72 fracción IV del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas. Fracción 5.4 del numeral 5 del Articulo 20, del Reglamento de la Administración Pública de Reynosa, Tamaulipas.
Descripción:
Dar atención a las quejas y reportes sobre fallas de los servicios públicos municipales, recepcionadas ante la Dirección de contraloría Social en sus diversas modalidades, presencial, línea 072, correo electrónico, y demás relacionados, turnando cada una de ellas al área competente para su resolución.
¿Quien puede presentar el trámite?
Los ciudadanos con la necesidad de reportar una queja o reporte de fallas en los servicios públicos municipales
Plazo máximo para la resolución de su trámite:
6 meses
Plazo máximo para solicitarle información:
Inmediato
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada:
No aplica
¿Requiere de inspección o verificación?
Si
¿Que docuemento obtengo al finalizar el trámite o servicio?
Número de folio de la Queja

Total de Requisitos: 3

Domicilio completo de donde se identificó la incidencia
Descripción: Proporcionar los siguientes datos del domicilio como calle, número, colonia, código postal, incluyendo entre calles
Presentación: No aplica
Fotografías
Descripción: Proporcionar fotografías en donde se observe el incidente a reportar, ejemplo: fugas de drenaje, daños a vehículos, quema de basura en áreas públicas, etc.
Presentación: Original
Reporte ante el Centro Integral de Atención Ciudadana CIAC
Descripción: Aplica para las quejas sobre el servicio de agua potable ante la Comisión Municipal de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Reynosa Tamaulipas
Presentación: No aplica

Trámite en línea:
· 1. Enviar a la dirección electrónica contraloríasocial@reynosa.gob.mx, la descripción de la queja o falla identificada.
· 2. Incluir dentro del correo electrónico los requisitos solicitados, como dirección completa en donde se encuentra el incidente y adjuntar la evidencia fotográfica.
· 3. Una vez recibido el correo electrónico ante la Dirección de Contraloría Social, el servidor público procederá a registrar su solicitud en el formato establecido "queja ciudadana", y asignará un número de folio para su seguimiento.
· 4. Posteriormente el servidor público procede a turnar mediante oficio a la Secretaría o Dependencia facultada para la atención de la queja o reporte.
· 5. Una vez que la Dirección de Contraloría Social reciba de la Secretaría o Dependencia facultada para atender la queja o reporte, el oficio en donde se informe la conclusión satisfactoria de la misma, la Dirección de Contraloría Social, procederá a llamar al ciudadano a fin de corroborar lo dicho por la dependencia responsable.
· 6. Una vez atendida la queja o reporte se procede a archivar el expediente.

Vía Telefónica:
· 1. Comunicarse a la línea telefónica 072 para presentar una queja o reporte de fallas sobre los servicios públicos municipales.
· 2. El servidor público procederá a registrar su queja o reporte en el formato establecido "queja ciudadana", y asignará un número de folio para su seguimiento.
· 3. Posteriormente el servidor público procede a turnar mediante oficio a la Secretaría o Dependencia facultada para la atención de la queja o reporte.
· 4. Una vez que la Dirección de Contraloría Social reciba de la Secretaría o Dependencia facultada para atender la queja o reporte, el oficio en donde se informe la conclusión satisfactoria de la misma, la Dirección de Contraloría Social, procederá a llamar al ciudadano a fin de corroborar lo dicho por la dependencia responsable.
· 5. Una vez atendida la queja o reporte se procede a archivar el expediente.

Presencial:
· 1. El ciudadano acude a la Dirección de Contraloría Social a presentar una queja o reporte de fallas sobre los servicios públicos municipales.
· 2. El servidor público procederá a registrar su queja o reporte en el formato establecido "queja ciudadana", y asignará un número de folio para su seguimiento.
· 3. Posteriormente el servidor público procede a turnar mediante oficio a la Secretaría o Dependencia facultada para la atención de la queja o reporte.
· 4. Una vez que la Dirección de Contraloría Social reciba de la Secretaría o Dependencia facultada para atender la queja o reporte, el oficio en donde se informe la conclusión satisfactoria de la misma, la Dirección de Contraloría Social, procederá a llamar al ciudadano a fin de corroborar lo dicho por la dependencia responsable.
· 5. Una vez atendida la queja o reporte se procede a archivar el expediente.

Criterios de Resolución:
No aplica

Gratuito.

NA

Más Información:
8999 32 32 66 o línea 072, correo electrónico contraloriasocial@reynosa.gob.mx
Quejas y Denuncias:
Quejas y denuncias por faltas administrativas cometidas por los servidores públicos llamar al teléfono 8999 32 32 00 ext. 3270, o bien escribir a la dirección electrónica quejasydenuncias@reynosa.gob.mx
Horarios de Atención:
Lunes a viernes de 09:00 a.m. a 03:00 p.m.