Fundamento Legal:
Párrafo C, Fracc. V, Art. 115 Fracc. III, Párrafo I, Fracc. IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Art. 5 Fracciones XII, XIX, XX, XXIX y XXXIII, Art. 10 Fracciones II, III, VI y XI, Art. 95, Art. 96 Fracciones IV (Inventario de contaminantes y fuentes contaminantes) Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos; Art. 1 Fracciones X, XIV, XXIII, Art. 121 Fracciones II, XIV y XLV del Código para el Desarrollo Sustentable del Estado: Art. 3, Art. 10 Fracciones XVII, XXX y XLV, Art. 14, Art. 15 Fracción XVII, Art. 101 Fracciones I y V, Art. 106 Art. 107 del Reglamento del equilibrio Ecológico y Protección al ambiente de Reynosa Tamaulipas. Art. 35 Inciso a) Fraccion V puntos b y c de la Ley de Ingresos para el ejercicio Fiscal del año 2024 del Municipio de Reynosa Tamaulipas.
Descripción:
En materia de prevención y control de la contaminación del suelo y el subsuelo y del manejo de los residuos sólidos municipales. Aplica para generadores de residuos de origen comercial, industrial, establecimientos de servicios, constructores y desarrolladores inmobiliarios, excepto casa-habitación, y en general todo tipo de actividad productiva, excepto escuelas públicas y congregaciones religiosas o asociaciones civiles.
¿Quien puede presentar el trámite?
Persona física y/o Persona moral
Plazo máximo para la resolución de su trámite:
10 a 15 días hábiles
Plazo máximo para solicitarle información:
Al momento de entregar todo el expediente
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada:
Al momento de entregar todo el expediente
¿Requiere de inspección o verificación?
No
¿Que docuemento obtengo al finalizar el trámite o servicio?
Constancia