Trámite

Expedición de pasaporte a personas extemporáneas.


Fundamento Legal:
LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE REYNOSA, TAMAULIPAS, PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2024. SECCIÓN SEGUNDA DERECHOS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS Articulo 21.- XVII. GESTIÓN ADMINISTRATIVA PARA LA OBTENCIÓN DE PASAPORTES. 5 UMA.
Descripción:
Ayudar a los connacionales que pretenden realizar el trámite de pasaporte, asi como revisar autorizaciones judiciales o juicios esto con el fin de obtener su pasaporte mexicano y poder trasladarse libremente.
¿Quien puede presentar el trámite?
Los usuarios registrados después de los 3 años de haber nacido.
Plazo máximo para la resolución de su trámite:
24 horas.
Plazo máximo para solicitarle información:
No aplica.
Plazo máximo para cumplir con la información solicitada:
No aplica.
¿Requiere de inspección o verificación?
No aplica.
¿Que docuemento obtengo al finalizar el trámite o servicio?
Expedición de pasaporte mexicano a personas extemporaneas.

Total de Requisitos: 9

Acta de matrimonio de los padres, expedida por la oficina del registro civil mexicano, si éstos contrajeron matrimonio en territorio nacional antes del nacimiento del solicitante.
Descripción: Copia certificada.
Presentación: Copia.
Acta de nacimiento de un hermano mayor, expedida por la oficina del registro civil mexicano, siempre y cuando éste haya nacido en territorio nacional y registrado dentro de los tres años posteriores al nacimiento.
Descripción: Copia certificada.
Presentación: Copia.
Acta de nacimiento del padre o madre mexicano, expedida por la oficina del registro civil mexicano, si fueron registrados dentro de los tres años posteriores al nacimiento.
Descripción: Copia certificada.
Presentación: Copia.
Documento expedido por la autoridad migratoria de la fecha de internación al país de la madre extranjera, si ésta ocurrió antes de la fecha de nacimiento del interesado.
Descripción: Documento expedido por la autoridad migratoria.
Presentación: Original y copia.
En territorio nacional, certificado de educación primaria expedido por la Secretaría de Educación Pública o alguna otra institución reconocida por dicha Secretaría, siempre y cuando ésta se haya concluido entre los 12 y 14 años de edad del interesado.
Descripción: Expedido por la Secretaría de Educación Pública o alguna otra institución reconocida por dicha Secretaría.
Presentación: Original y copia.
Partida religiosa del interesado, cotejada en los libros de la institución correspondiente por notario público y asentada dentro del año de su nacimiento.
Descripción: Fé de Bautizmo.
Presentación: Original y copia.
Acta de nacimiento de un medio hermano mayor expedida por la oficina del registro civil mexicano, siempre y cuando éste haya nacido en territorio nacional y registrado dentro de los tres primeros años posteriores al nacimiento.
Descripción: Copia certificada
Presentación: Copia.
Tratándose de personas menores de 12 años de edad, podrán presentar la constancia de alumbramiento o el certificado médico de nacimiento.
Descripción: Expedido por autoridad competente o partera autorizada por la Secretaría de Salud.
Presentación: Original y copia.
Para el caso de personas menores de edad adoptados por mexicanos y/o extranjeros, entregar copia certificada de la sentencia que contenga la resolución de adopción y el auto por el que causó ejecutoria.
Descripción: Copia certificada.
Presentación: Copia.

Trámite en línea:
· No aplica.

Vía Telefónica:
· No aplica.

Presencial:
· 1. El usuario se presenta en la oficina de enlace
· 2. Un oficial de ventanilla recibe sus documentos.
· 3. En cuanto se observa que el usuario es extemporáneo, se lleva al área de jurídico.
· 4. El área de jurídico lleva a cabo el análisis exhaustivo del trámite para revisar que cumplan con los completos necesarios.
· 5. Se cumple con la normatividad (reglamento) se lleva a cabo la verificación electrónica de los documentos personales.
· 6. Después el trámite se pasa al área de captura y se le toma la fotografía y huellas al usuario
· 7. Se realiza el trámite para la expedición del pasaporte.

Criterios de Resolución:
Que todos los requisitos se cumplan.

5 UMA..

NA

Más Información:
89 99 22 09 22
Quejas y Denuncias:
Quejas y denuncias por faltas administrativas cometidas por los servidores públicos llamar al teléfono 8999 32 32 00 ext. 3270, o bien escribir a la dirección electrónica quejasydenuncias@reynosa.gob.mx
Horarios de Atención:
8:00 am - 4:00 pm.